El Congreso de la Nación Argentina sancionó una reforma significativa a la Ley de Glaciares, introduciendo cambios estructurales en el régimen de protección ambiental vigente desde 2010.
La iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones, y ahora quedó a la espera de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.
Uno de los ejes centrales de la nueva normativa es la redefinición del alcance de la protección sobre los glaciares y el ambiente periglacial.
A partir de esta modificación, solo quedarán bajo resguardo estricto aquellas áreas que cumplan una función hídrica comprobada o considerada relevante, lo que implica un cambio sustancial respecto del criterio anterior, más amplio.
En este nuevo esquema, las provincias adquieren un rol más determinante. Tendrán mayor autonomía para establecer qué zonas deben ser preservadas y cuáles pueden habilitarse para el desarrollo de actividades productivas, en línea con los planteos de distritos con fuerte perfil minero.
La reforma también introduce un cambio de enfoque en las restricciones. Se elimina la prohibición general de actividades extractivas en zonas periglaciares y se adopta un sistema basado en evaluaciones de impacto ambiental específicas para cada proyecto.
Esto abre la puerta a la posibilidad de avanzar con emprendimientos económicos en áreas que antes estaban vedadas.
Entre los puntos más relevantes de la nueva normativa se destacan:
- Alcance de la protección: se limita a glaciares y zonas periglaciares con función hídrica comprobada.
- Mayor autonomía provincial: cada jurisdicción podrá definir criterios de protección y habilitación de actividades.
- Cambio en el sistema de restricciones: se reemplaza el esquema general por evaluaciones ambientales caso por caso.
- Habilitación de actividades productivas: se permite el desarrollo de proyectos, incluso extractivos, bajo ciertas condiciones.
- Rol del Inventario Nacional de Glaciares: continuará como herramienta técnica de consulta.
- Redefinición del IANIGLA: el organismo mantendrá funciones técnicas, pero con menor incidencia en decisiones políticas.
- Protección condicionada: dependerá de la determinación de la función hídrica de cada área.
- Evaluación ambiental obligatoria: todos los proyectos deberán contar con estudios previos.
La aprobación de la reforma generó un fuerte debate. Mientras sectores oficialistas sostienen que permitirá ordenar el marco legal y fortalecer el federalismo, especialistas y organizaciones ambientalistas advierten que la flexibilización podría poner en riesgo reservas estratégicas de agua dulce.
Con este nuevo escenario, la Argentina abre una etapa distinta en la regulación de sus glaciares, en medio de una discusión que vuelve a enfrentar dos ejes centrales: el desarrollo económico y la preservación del ambiente.








